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Reglamentaron el Programa de Preservación del Trabajo en la provincia de Buenos Aires

El Programa contempla una compensación equivalente al 50% del salario mínimo por un plazo de tres meses, para contribuir al sostenimiento de las fuentes y puestos de trabajo en sectores de la actividad económica afectados por la pandemia de coronavirus.


Lo hizo a través de la Resolución 240/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, con la firma de la ministra de Trabajo, Mara Ruiz Malec.

las destinatarias son las empresas y unidades productivas que se encuadren en términos de dotación de trabajadores y facturación como micro y pequeñas empresas, cuyos establecimientos productivos se encuentren radicados en el territorio bonaerense que no superen los 60 trabajadores.

"Podrán ser asistidos trabajadores de empresas recuperadas que se encuentren en fase inicial de recuperación pudiendo acreditar tal situación a través de documentación e información que dé cuenta de la intervención de la autoridad laboral en fase de conciliación, acuerdo o despido, proceso concursal o quiebra, cierre de establecimiento, inicio de trámite de figura jurídica asociativa de los trabajadores, entre otros elementos indicativos de proceso de recuperación de empresa por sus trabajadores"
 se añadió.

Las empresas y unidades productivas destinatarias no deberán registrar deudas laborales, previsionales o de la seguridad social o, en su defecto, deberán presentar la documentación que acredite que se encuentran acogidas a regímenes de regularización.


La asistencia prevista será incompatible con otras de similares características y por el mismo objeto, otorgada por cualquier otra jurisdicción nacional o provincial desde el 20 de marzo pasado, en el inicio de la cuarentena por la pandemia de coronavirus.


Las empresas y unidades productivas beneficiadas estarán obligadas a mantener la dotación de personas trabajadoras existente al momento de la adhesión al programa; a computar el monto de la prestación dineraria como parte del sueldo y realizar el cálculo de los aportes y contribuciones sobre el salario total correspondiente en el caso de las personas trabajadoras en relación de dependencia.

Además, deberán abonar a los trabajadores el salario o retiros de excedentes vigente en los niveles que corresponda y cumplir con todas las obligaciones laborales, sociales y previsionales; y abstenerse de disponer despidos sin causa o por razones de crisis económica o fuerza mayor.

31 de Julio del 2020

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