La decisión se basa en que, dada la flexibilización del aislamiento social para el funcionamiento de determinadas actividades ,”se ha verificado la necesidad por parte de ciertas empresas de proveer a sus trabajadoras y trabajadores de barbijos de alta seguridad del tipo N95 y/o TRI-CAPA, en razón de las particularidades de sus procesos productivos”.
Además, ante a la escasez del insumo en el mercado y frente a la necesidad de priorizar el cuidado de los trabajadores de salud se había limitado su venta sólo a quienes pudieran acreditar esta condición.
“Ante la actual coyuntura, resulta menester modificar la limitación de comercialización de los barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o Tri-capa establecida en el Artículo 4º de la Resolución N° 114/20 de la Secretaría de Comercio Interior, incluyendo entre los sujetos autorizados a las personas jurídicas que los adquieran para la protección de sus empleados y/o dependientes”, indican los considerandos de la norma publicada este viernes en el Boletín Oficial con la firma de Paula Español.